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Asesoramos de manera legal a personas naturales y jurídicas, en procesos y solicitudes ante la industria militar (INDUMIL), nuestros servicios están basados en el profesionalismo y la legalidad para lograr con éxito los trámites ante esta entidad.
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¿ Como saber información acerca de la implementación del Decreto Armas Traumáticas ?
Con el fin de socializar, lo establecido en el Decreto No 1417 de 2021, que trata de la regulación, registro y marcaje de las armas traumáticas, nos permitimos señalar lo siguiente:
Las armas traumáticas son dispositivos destinados a propulsar uno o varios proyectiles de goma o de otro tipo que pueden causar lesiones, daños traumatismos y amenaza, y por sus características deben ser considerados como armas al tenor, de lo establecido en el artículo 6 del Decreto 2535/93.
CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS TRAUMÁTICAS
1. Las armas traumáticas, cuyas características correspondan a las tipologías establecidas en el artículo 8 del Decreto Ley 2535/93, se consideran armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza Pública.
2. Las armas traumáticas, cuyas características correspondan a las tipologías, establecidas en el artículo 9 del Decreto 2535/93, se consideran armas de uso restringido.
3. Las armas traumáticas, cuyas características correspondan a las tipologías establecidas en el artículo 11 del Decreto Ley 2535/93, se consideran armas de uso civil de defensa personal.
MARCAJE Y REGISTRO
1 .La Entidad encargada de efectuar el marcaje de las armas, prevista en el numeral 3 del artículo 2.2.4.3.6 del Decreto 1417 del 2021, es la Industria Militar (INDUMIL), la que cuenta con un plazo de ocho (8) meses, prorrogable por ocho (8) meses más, para recoger las armas de uso civil de defensa personal, que se encuentran en poder de la ciudadanía, de los importadores y de los servicios de vigilancia y seguridad privada, a fin de agotar el proceso de marcaje y registro de armas.
2. La entidad encargada de efectuar el registro de las armas, será el Departamento Control Comercio de Armas, del Comando General de las Fuerzas Militares, que conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley 1453 de 2011, administra una base de daros en la cual se deberán inscribir todos los permisos de porte y tenencia a nivel nacional; las citadas entidades, cuentan con un término de 8 meses, para definir el procedimiento de marcaje y registro, posterior a la publicación del Decreto señalado.
Mediante el siguiente procedimiento:
Para el estudio de las solicitudes de permiso de tenencia y/o porte de armas traumáticas, se deberá realizar el siguiente proceso:
En todo caso, serán los ciudadanos interesados en legalizar la situación jurídica sobre las armas traumáticas, los que deben hacer entrega de las mismas en los puntos establecidos por la autoridad competente INDUMIL, mediante el procedimiento que sea establecido, conforme a lo señalado anteriormente.
PERMISO PARA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN PARA EL COMERCIO DE ARMAS TRAUMÁTICAS
1. Lo comerciantes que al momento de entrar en vigencia el presente decreto, tengan armas en sus balances, podrán comercializarlas en el plazo de (16) meses, a partir de la publicación del mismo, con excepción de las armas establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.6, es decir uso privativo de la Fuerza Pública y armas de uso restringido, las que deberán ser entregadas al Estado, por medio del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos y/o en las Seccionales Control Comercio de Armas a nivel nacional, en el término de 6 meses, desde la publicación del Decreto citado.
FINALMENTE, LOS COMERCIANTES QUE NO COMERCIALIZASEN O EXPORTEN LAS ARMAS TRAUMÁTICAS DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO, O LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, QUE NO REALICEN EL TRÁMITE DE REGISTRO NI SE SOLICITE LA AUTORIZACIÓN DE TENENCIA O PORTE, DEBERÁN ENTREGARLAS AL ESTADO, SO PENA DE INCAUTACIÓN Y JUDICIALIZACIÓN.
Asesoramos de manera legal a personas naturales y jurídicas, en procesos y solicitudes ante la industria militar (INDUMIL), nuestros servicios están basados en el profesionalismo y la legalidad para lograr con éxito los trámites ante esta entidad.